
En materia tributaria cubrimos el espacio que va más allá de la actuación ordinaria de las asesorías fiscales, para abordar las incidencias fiscales con un mayor grado de especialización. De este modo, intervenimos directamente ante el Tribunal Económico Administrativo Regional y el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana. Detallamos seguidamente nuestros servicios en este ámbito.
Asistencia ante una inspección de Hacienda
¿Por qué confiar la inspección de Hacienda a un abogado fiscalista?
En primer lugar, porque se encuentra al día en los cambios de normativa fiscal. Por otra parte está habilitado para poder defender al cliente ante los tribunales competentes.
Además, en nuestro despacho podemos tener conocimiento del inicio de cada procedimiento ya que también confeccionamos y presentamos las liquidaciones y declaraciones a las que usted o su empresa estén obligados. Igualmente, podemos legalizar los libros contables y depositar las cuentas anuales en el Registro Mercantil. Tenemos amplia experiencia en materia contable y conocemos el funcionamiento ordinario de la empresa y la operativa en momentos de crisis empresarial.
¿Sabes qué documentación de la empresa te pueden pedir en una inspección de hacienda?
Conviene verificar que la información que se hace constar en todos los modelos de declaraciones tributarias coincide y que no hay discrepancias entre las que aparecen en cada una de ellas. Hay casillas en determinadas declaraciones que tienen correspondencia con otras y que, a veces, corresponden a otro impuesto.
En ocasiones la AEAT inicia procedimiento por que aprecia que se ha deducido IVA de determinadas inversiones que podrían tener como destinatario no la empresa, sino un particular, como es el caso de la compra de vehículos.
Tanto si se trata de un simple requerimiento de información por parte de la AEAT como si es una inspección o procedimiento de comprobación limitada es conveniente que la información facilitada sea revisada cuidadosamente. Conviene que el trabajo de preparación de la documentación que ha de ser remitido a las autoridades fiscales sea realizado por el despacho del abogado fiscalista. Este realiza la función de nexo entre las autoridades fiscales y la empresa o particular.
No se debe remitir información a la Agencia Tributaria sin que sea revisada por un experto en fiscalidad y, menos aún, firmar las actas de la inspección. Este puede dar la respuesta adecuada a las autoridades fiscales y desarrollar una estrategia de negociación para evitar conflictos en la medida de lo posible y de aumentar las posibilidades de éxito en caso de que sea necesario acudir a los tribunales. Los abogados realizamos una comprobación previa a la que realiza el inspector. En muchas ocasiones, existe la posibilidad de llegar a un acuerdo.
Para prevenir una inspección de Hacienda es necesario que las operaciones que susciten dudas y, particularmente, las que no son ordinarias o se refieren a importes elevados.
Responsabilidad de los administradores de una sociedad
Por otra parte, en el caso de sociedades, los administradores han de prevenir que la Administración Tributaria o la Seguridad Social pueda derivarles responsabilidad por las deudas que la mercantil tenga contraídas con estos organismos. Esta responsabilidad se puede derivar a los administradores sin necesidad de instar un procedimiento judicial, esto es, hacerlo mediante un expediente administrativo. Conviene que los administradores sean conscientes de cuándo la situación de la empresa que dirigen puede dar pie a ello.
Finalmente, conviene coordinar la fiscalidad de la empresa o la actividad como trabajador autónomo con las declaraciones tributarias de carácter personal, a fin de armonizar los diferentes tributos.
Nuestro trabajo no se limita a intervenir en problemas puntuales, sino que realizamos un seguimiento de la actividad de las empresas o autónomos, generando una relación de confianza a largo plazo.
Asistencia en tributos concretos
Impuesto de transmisiones patrimoniales.
En ocasiones la administración tributaria emite liquidaciones por diferencias entra la valoración que ella realiza de un inmueble y el valor consignado notarialmente en la operación de compraventa. Puesto que el valor que otorga la administración al bien es superior al de la compraventa existe una cuota no ingresada, que se reclama. La impugnación del valor que presenta la Administración se realiza en primer término en vía administrativa y, llegado el caso, ante el Tribunal Económico Administrativo Regional y el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana. Hemos conseguido en muchos de los casos que el valor de la compraventa sea el que prevalezca.
Impugnación del valor catastral a través el recibo del IBI o la liquidación de plusvalía. Esta reclamación se puede realizar en base a la sentencia 196/2019 de 19 Feb. 2019 de nuestro Tribunal Supremo. Se pueden excepcionalmente recurrir los valores catastrales cuando concurren situaciones excepcionales sobrevenidas.
IRPF e Impuesto de sociedades. Analizamos y asesoramos sobre la problemática de los principales impuestos que gravan las sociedades y las personas físicas, incorporando la jurisprudencia recaída en supuestos recientes, tales como la controversia sobre la afectación parcial de los vehículos a una actividad económica; sobre si tienen carácter deducible las cuotas de autónomo de los administradores que ejercen el cargo de manera gratuita; o la deducibilidad de los gastos justificados por tickets, por citar sólo algunos ejemplos.
Procedimientos sancionadores de la Agencia Tributaria.
En muchas ocasiones la AEAT inicia un procedimiento sancionador sin emitir una liquidación. Esto ocurre en muchas ocasiones en los procedimientos de inspección o de comprobación de valores, en los que al mismo tiempo que se notifican las actas de disconformidad o conformidad se nos comunica el comienzo de un procedimiento para sancionar.